Relación con el anuncio del Ministro de Salud
28 de abril de 2022 (punto 1003)
clasificación
Ministro de Salud1)
El 31 de diciembre de 2020
Sobre las formas de prevenir el COVID-19
Basado en el artículo. 3 seg. 4 El punto 2 de la Ley de 5 de diciembre de 2008 sobre Prevención y Control de Infecciones y Enfermedades Infecciosas en el Hombre (Recopilación de Leyes 2021, artículos 2069, 2120 y 2022, incisos 64, 655 y 974), se solicita de la siguiente manera:
§ 1. Se presenta un método para la prevención del COVID-19, que consiste en realizar vacunaciones preventivas contra esta enfermedad infecciosa, en lo sucesivo denominadas “vacunas”.
§ 2.2) Las vacunas se aplican a personas de hasta 5 años de edad el día de la vacunación, que no hayan sido vacunadas o no hayan completado la vacunación documentada.
§ 2a.3) 1.4) Una persona de hasta 5 años el día de la vacunación, que no haya completado la vacunación documentada, que haya sido vacunada contra el COVID-19 fuera del territorio de la República de Polonia con la primera dosis de una vacuna autorizada en la Unión Europea o con una vacuna incluida en la lista de homólogos de vacunas aprobadas para el comercio en el territorio de Polonia La República de Polonia, realizada por el Instituto Nacional de Salud Pública PZH – Instituto Nacional de Investigación, puede continuar la vacunación en el territorio de la República de Polonia.
2. Para continuar con la vacunación indicada en la Sec. 1, se presenta a la entidad que realiza las vacunaciones en el territorio de la República de Polonia el certificado original de vacunación contra el COVID-19, según el formulario vigente en el país de recepción de la vacunación contra el COVID-19, y la traducción de este certificado al polaco por un traductor jurado, así como una declaración que contenga la aprobación de esta persona o su representante legal para procesar datos personales en relación con la emisión de un certificado digital UE COVID.
3. Las personas a que se refiere el art. 21 c del apartado 1. 2 de la Ley de 5 de diciembre de 2008 sobre prevención y control de infecciones y enfermedades infecciosas humanas, que operen en la entidad a que se refiere el apartado 1. 2, introduzca los datos contenidos en los documentos a que se refiere el apartado 1. párrafo. 2, al carné de vacunación, a que se refiere el apartado 4.
§ 2b.5) Obligación de aportar una traducción del certificado de vacunación contra la COVID-19 a que se refiere el apartado 2 bis. 2, sobre las personas que crucen la frontera de la República de Polonia con Ucrania en relación con un conflicto armado en el territorio de ese Estado.
§ 3. 1. Las vacunas se realizan con la vacuna COVID-19.
2. La vacunación se realiza en:
1) salas de diagnóstico y tratamiento;
2) casos en los que se justifica la eficacia de la vacunación en:
a) habitaciones que cumplan con los requisitos sanitarios y de vacunación,
b) el lugar de residencia de la persona vacunada, cuyo estado de salud le imposibilite llegar de forma independiente a la consulta indicada en el punto 1, o a la habitación indicada en la letra a). Y,
C)6) Un hospital psiquiátrico a que se refiere el Artículo 3 Punto 2 de la Ley de 19 de agosto de 1994 sobre la Protección de la Salud Mental (Revista de Leyes 2020, Cláusula 685 y 2022, Cláusula 974), para las personas que residen allí,
Dr)6) unidades penitenciarias para personas recluidas allí;
3)7) Farmacias de acceso público.
§ 4. Las calificaciones y la vacunación se documentan en la tarjeta de vacunación especificada en los reglamentos emitidos sobre la base del art. 30 segundos. 1 de la Ley de 6 de noviembre de 2008 sobre los derechos de los pacientes y la Defensoría de los Derechos de los Pacientes (Boletín de Leyes 2020, incisos 849 y 2022, artículos 64 y 974), conservado en forma electrónica en el sistema a que se refiere el artículo . 7 seg. 1 de la Ley del 28 de abril de 2011 sobre el Sistema de Información en Salud (Boletín Oficial de Leyes 2021, artículos 666, 1292 y 2022, artículos 655, 830 y 974).
§ 5. Al realizar las vacunas, se aplican las normas relativas a la notificación y el tratamiento de las reacciones adversas a la vacuna.
§ 6. El reglamento entrará en vigor al día siguiente de su expedición.8)al 27 de diciembre de 2020
1) El Departamento de Administración del Estado – Salud es administrado por el Ministro de Salud, de conformidad con el artículo 1 s. 2 del Reglamento del Primer Ministro del 27 de agosto de 2020 sobre el alcance detallado de las actividades del Ministro de Salud (Journal of Laws 2021, artículo 932).
2) Con el cambio introducido por el artículo 1 del Reglamento del Ministro de Salud del 13 de diciembre de 2021 por el que se modifica el Reglamento sobre Métodos de Prevención del COVID-19 (Boletín Oficial, Cláusula 2305), que entró en vigor el 15 de diciembre de 2021.
3) Adicionado con el párrafo 1 del Reglamento del Ministro de Salud del 28 de septiembre de 2021 para modificar el Reglamento sobre el Método de Prevención del COVID-19 (Diario de Leyes, Cláusula 1771), que entró en vigor el 30 de septiembre de 2021.
4) En la redacción prevista en el Párrafo 1 del Reglamento del Ministro de Salud de 21 de octubre de 2021 por el que se modifica el Reglamento sobre Métodos de Prevención del COVID-19 (Boletín Oficial, artículo 1914), que entró en vigor el 23 de octubre de 2021 ; Con la modificación realizada por el apartado 1 del reglamento a que se refiere la nota a pie de página 2.
5) Se agregó el párrafo 1 del Reglamento del Ministro de Salud de fecha 1 de abril de 2022 para modificar el Reglamento sobre el Método de Prevención del COVID-19 (Diario de Leyes Cláusula 723), que entró en vigor el 24 de febrero de 2022.
6) Adicionado con el párrafo 1 del Reglamento del Ministro de Salud de fecha 5 de mayo de 2021 para modificar el Reglamento sobre el Método de Prevención del COVID-19 (Diario de Leyes, Cláusula 855), que entró en vigor el 7 de mayo de 2021.
7) Adicionado con el párrafo 1 del Reglamento del Ministro de Salud de fecha 1 de junio de 2022 que modifica el Reglamento sobre el Método de Prevención del COVID-19 (Diario de Leyes, Cláusula 1034), que entró en vigor el 9 de junio de 2021.
8) El reglamento fue anunciado el 4 de enero de 2021.
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